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CONDICIONES DE VENTA

CONDICIONES GENERALES DE VENTA PARA EL SUMINISTRO DE COMPONENTES EQUIPOS Y SISTEMAS

  1. CONDICIONES GENERALES

1.1. El suministro de componentes, equipos y sistemas (en adelante denominados conjuntamente los «SUMINISTROS») por parte de PAKA – ROBOTICS, LDA. (en adelante, «PAKA») se rige por las presentes Condiciones Generales de Venta (en adelante, las «CONDICIONES GENERALES»), salvo pacto expreso en contrario en la propuesta presentada por PAKA al COMPRADOR (en adelante, la «PROPUESTA») o en la aceptación por PAKA del pedido realizado por el COMPRADOR a PAKA en base a la PROPUESTA (en adelante, la «ACEPTACIÓN DEL PEDIDO» y el «PEDIDO» respectivamente), la aceptación por parte de PAKA del pedido realizado por el COMPRADOR a PAKA sobre la base de la PROPUESTA (en adelante, la «ACEPTACIÓN DEL PEDIDO» y el «PEDIDO»), cuyas condiciones se considerarán Condiciones Particulares en relación con las presentes CONDICIONES GENERALES. Cualquier otra condición no acordada expresamente por PAKA no será válida.

1.2. El COMPRADOR queda informado de las presentes CONDICIONES GENERALES desde el momento en que se le informa de la dirección del sitio de Internet donde pueden consultarse, independientemente de que dicha información vaya o no acompañada de un ejemplar de las presentes CONDICIONES GENERALES. Alternativamente, si el COMPRADOR ha recibido previamente estas CONDICIONES GENERALES en el marco de sus relaciones comerciales con PAKA, se considerarán conocidas por el COMPRADOR a todos los efectos en el momento de realizar el PEDIDO.

  1. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Los derechos de propiedad intelectual y/o industrial sobre la PROPUESTA, en todos sus términos, y la información anexa a la misma, incluyendo documentación técnica, información de ingeniería, procedimientos, planos, diseños, software, etc., incluidos o relacionados con los SUMINISTROS, son titularidad de PAKA o de sus proveedores. En consecuencia, el COMPRADOR no podrá reproducir, total o parcialmente, tales elementos ni ceder su uso a terceros sin el previo consentimiento por escrito de PAKA, y sólo podrá utilizarlos a los efectos de la ejecución del PEDIDO.

  1. FORMALIZACIÓN DEL PEDIDO Y ALCANCE DE LAS ENTREGAS

3.1. El alcance de los SUMINISTROS debe estar claramente especificado en el PEDIDO. Para que la ORDEN surta efecto, debe ser objeto de la ACEPTACIÓN DE LA ORDEN. Con excepción de los SUMINISTROS periódicos cuyas condiciones de ejecución hayan sido claramente definidas y aceptadas por PAKA al inicio de los mismos, en los que este requisito haya sido expresamente eliminado por acuerdo entre las Partes.

3.2. Los SUMINISTROS incluirán únicamente el suministro de componentes, equipos y/o sistemas especificados en el PEDIDO y en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO, salvo en los casos en que cualquier documentación, información o servicios adicionales hayan sido explícitamente incluidos en el PEDIDO aceptado por PAKA.

3.3. El peso, dimensiones, capacidades, especificaciones técnicas y configuraciones de los productos PAKA indicados en catálogos, prospectos, folletos y literatura técnica son meramente informativos y no vinculantes, salvo que PAKA acepte una especificación cerrada del COMPRADOR, que deberá indicarse en el PEDIDO o documentos adjuntos.

3.4. Cualquier modificación y/o variación del alcance de los SUMINISTROS incluidos en el PEDIDO y/o de la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO, propuesta por una de las Partes, deberá proponerse por escrito a la otra Parte y sólo será válida y eficaz cuando sea expresamente aceptada por la otra Parte.

  1. PRECIOS

4.1. Los precios de los SUMINISTROS no incluyen el IVA ni cualesquiera otros impuestos o tasas, que se repercutirán en factura a los tipos legales. Salvo que se especifique lo contrario en el PEDIDO o en un acuerdo específico entre PAKA y el COMPRADOR, los precios no incluyen embalaje, transporte, carga y descarga, seguro y se consideran precios para mercancía entregada en fábrica de PAKA. Estos precios sólo son válidos para todo el lote de materiales especificado en la PROPUESTA.

4.2. En el caso de ofertas previas al PEDIDO y a la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO, los precios indicados en el mismo tendrán una validez de un mes, y durante este periodo se considerarán fijos para las condiciones de pago establecidas en el mismo, salvo que se trate de SUMINISTROS de equipos importados sujetos a contingencias cambiarias o al pago de impuestos y aranceles, en cuyo caso los precios indicados se ajustarán en función de dichas variaciones.

4.3. Los precios indicados en la PROPUESTA se refieren a las condiciones de pago establecidas en la misma. Si éstos cambian, se revisarán los precios indicados en la PROPUESTA.

4.4. Tras la ACEPTACIÓN, los precios son fijos y no están sujetos a revisión. No obstante, los precios se revisarán cuando:

  1. a) Dicha revisión se acuerda expresamente entre PAKA y el COMPRADOR;
  2. b) El plazo de entrega y recepción de los SUMINISTROS se demore por causas directa o indirectamente imputables al COMPRADOR, en cuyo caso el precio se actualizará según el índice de precios al consumo publicado por el INE, aplicando la tarifa correspondiente desde la fecha de la demora hasta el pago del servicio;
  3. c) El alcance de los SUMINISTROS haya sido modificado a petición del COMPRADOR, en cuyo caso el precio se alterará de acuerdo con la modificación, utilizando los precios unitarios mencionados en el apartado 1 de esta cláusula;
  4. d) Los precios están indicados en una moneda distinta del euro, y en el caso de que el valor de cambio de dicha moneda frente al euro varíe desde la fecha de ACEPTACIÓN hasta las fechas estipuladas contractualmente para la emisión de las facturas correspondientes a cada fase de los SUMINISTROS, en cuyo caso los precios de venta se ajustarán en consecuencia.
  5. CONDICIONES DE PAGO

5.1. Las condiciones de pago de los SUMINISTROS son las indicadas en la PROPUESTA y/o PEDIDO y/o ACEPTACIÓN DE PEDIDO. También podrán utilizarse las condiciones de pago previamente especificadas en el marco de una relación comercial en curso entre el COMPRADOR y PAKA.

5.2. Los SUMINISTROS relativos a pedidos cuyo valor bruto sea igual o inferior a E300,00 (trescientos euros) sólo podrán pagarse en metálico.

5.3. Los pagos se efectuarán a la cuenta bancaria de PAKA o por otros medios acordados, en los términos convenidos, sin deducciones, tales como: retenciones no acordadas, descuentos, gastos, impuestos o tasas o cualquier otra deducción, y sólo se considerarán efectuados cuando el importe respectivo se abone íntegra e irrevocablemente en la cuenta bancaria de PAKA.

5.4. En caso de demora en el pago por parte del COMPRADOR, éste vendrá obligado a abonar a PAKA, sin ninguna formalidad adicional y desde la fecha de vencimiento de la respectiva factura, intereses de demora calculados a un tipo de interés equivalente al tipo EURIBOR para depósitos a un mes, más 7 puntos porcentuales (7%), siendo el tipo referido el publicado por la Federación de Bancos Europeos y la Asociación de Mercados Financieros el segundo día hábil siguiente al inicio del cálculo de intereses. El pago de los intereses de demora por parte del COMPRADOR no le eximirá de la obligación de abonar el resto de las cantidades pendientes, de acuerdo con lo pactado.

5.5. En caso de demora en los pagos adeudados por el COMPRADOR a PAKA, ésta podrá suspender los SUMINISTROS o los servicios asociados a los mismos, o incluso interrumpirlos definitivamente, sin perjuicio de la obligación del COMPRADOR de pagar las facturas vencidas y, en su caso, de abonar a PAKA una indemnización adicional por la suspensión o interrupción definitiva de los SUMINISTROS.

5.6. La presentación de una reclamación por parte del COMPRADOR no le permitirá suspender los pagos adeudados ni efectuar deducción alguna sobre los mismos, salvo que se acredite judicialmente o mediante acuerdo que el componente, equipo o sistema suministrado por PAKA al que se refería la reclamación era defectuoso, en cuyo caso la licitud de cualquier suspensión de pagos por parte del COMPRADOR deberá decidirse a la luz del régimen general de la excepción de incumplimiento.

  1. PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA

6.1. El plazo de entrega de los materiales entregados en la posición y condiciones establecidas en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO. Si no se especifican las condiciones de entrega, se considerará que la entrega tiene lugar en las instalaciones de PAKA. PAKA ya no estará obligada a cumplir el plazo de entrega si el COMPRADOR incumple su obligación de pago.

6.2. El plazo de entrega se modificará si:

  1. a) El COMPRADOR no facilite a PAKA en plazo la documentación necesaria para la ejecución de los SUMINISTROS;
  2. b) El COMPRADOR solicita modificaciones en el PEDIDO, que son aceptadas por PAKA y que a su juicio requieren una ampliación del plazo de entrega;
  3. c) Para los SUMINISTROS, es imprescindible que el COMPRADOR o sus subcontratistas realicen el trabajo, y el COMPRADOR no lo ha realizado a tiempo;
  4. d) El COMPRADOR haya incumplido alguna de sus obligaciones contractuales indicadas en el PEDIDO aceptado por PAKA, especialmente en lo que se refiere a la obligación de pago;
  5. e) Se produzcan acontecimientos o una combinación de acontecimientos imprevisibles y/o ajenos al control de PAKA que impidan o retrasen los SUMINISTROS programados, incluyendo, pero sin limitarse a: huelgas de proveedores, de transporte o de servicios, fallos de suministro de terceros, fallos del sistema de transporte, inundaciones, tormentas, disturbios, sabotajes, paradas accidentales del trabajo de PAKA o de sus subcontratistas por averías, catástrofes naturales, guerra declarada o no declarada, civil o con terceros países, actos de terrorismo o guerrilla, motines, sabotajes, explosiones, terremotos, fallos en los equipos o materiales necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, movilización militar extensiva, insurrección, requisición, embargo, restricciones en el uso de la energía y defectos o retrasos en las entregas de los subcontratistas causados por cualquier causa de Fuerza Mayor, etc.

6.3. Si se produjera un retraso en los SUMINISTROS directamente imputable a PAKA, el COMPRADOR aplicará la cláusula penal previamente acordada con el vendedor. La cláusula penal es la única indemnización a la que tiene derecho el COMPRADOR en caso de retraso en los SUMINISTROS directamente imputable a PAKA, aunque el retraso se haya convertido en incumplimiento definitivo y se haya resuelto el contrato, salvo en caso de dolo o culpa grave.

  1. EMBALAJE Y TRANSPORTE

7.1 Salvo acuerdo en contrario entre las Partes, los embalajes de equipos y materiales estarán sujetos a un precio especial que se aplicará al precio del respectivo producto suministrado, no siendo admisible su devolución. El COMPRADOR, como productor de residuos de embalajes no urbanos, es responsable de su valorización, en los términos del artículo 4 nº 7 del Decreto-Ley nº 366-A/97, de 20 de diciembre, modificado por el Decreto-Ley nº 162/2000, de 27 de julio, por el Decreto-Ley nº 92/2006, de 25 de mayo y por el Decreto-Ley nº 178/2006, de 5 de septiembre.

7.2. Salvo pacto en contrario, el transporte, incluida la carga y descarga, de los SUMINISTROS será por cuenta, riesgo y cargo del COMPRADOR, no siendo PAKA responsable de los daños o perjuicios que de dicho transporte se deriven para los SUMINISTROS, siendo el COMPRADOR plenamente responsable.

7.3. Si el equipo está listo para ser suministrado, o alternativamente, está pendiente de las pruebas acordadas, y el COMPRADOR no lo recoge o llega a un acuerdo con PAKA para que sea almacenado en sus instalaciones, en las condiciones específicamente pactadas, todos los costes de dicho almacenamiento correrán a cargo del COMPRADOR, quien también asumirá todos los riesgos inherentes a los productos durante el periodo de dicho almacenamiento.

  1. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y COORDINACIÓN

8.1. El COMPRADOR es el único responsable de todas y cada una de las medidas que sean necesarias para la protección de la salud y la seguridad en el trabajo, siendo responsable de la información facilitada sobre los riesgos de las instalaciones donde se van a realizar los trabajos contratados, así como de las medidas que deben aplicarse en caso de producirse una situación de emergencia. El COMPRADOR también es responsable de coordinar la ejecución de los diferentes contratos que puedan tener lugar simultáneamente, así como de proporcionar aclaraciones y formación.

8.2. El COMPRADOR adoptará todas las medidas de prevención de accidentes necesarias y velará por el cumplimiento de las normas, reglamentos y códigos de conducta locales e internacionales pertinentes en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo. Esta obligación tiene por objeto, entre otras cosas, garantizar que los equipos de elevación instalados, como grúas, polipastos y raíles, cumplan la legislación pertinente y se encuentren en condiciones seguras. El COMPRADOR proporcionará toda la asistencia necesaria en caso de que cualquier miembro del personal de PAKA sufra un accidente o caiga enfermo.

8.3. El responsable de seguridad / supervisor o equivalente del COMPRADOR deberá estar presente en las instalaciones del COMPRADOR durante la ejecución de los SUMINISTROS.

8.4. El personal de PAKA realizará, siempre que sea necesario y oportuno, una evaluación en las instalaciones del COMPRADOR para certificar el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud. Siempre que, a juicio de PAKA, las condiciones de los locales resulten inseguras o cuando parezca inseguro realizar los SUMINISTROS, PAKA tendrá derecho a suspender en cualquier momento los SUMINISTROS o la ejecución del presente contrato, disfrutando de una prórroga razonable del plazo para la finalización de la ejecución de los SUMINISTROS. En caso de suspensión, no se considerará que PAKA haya incumplido el contrato, ni será responsable frente al COMPRADOR como consecuencia de tal comportamiento, debiendo el COMPRADOR indemnizar a PAKA proporcionalmente por las gestiones realizadas hasta la suspensión de los SUMINISTROS o de la ejecución del presente contrato.

  1. INSPECCIÓN Y ACEPTACIÓN

9.1. Salvo que se indique expresamente en el PEDIDO y en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO, las inspecciones y pruebas realizadas durante la producción y la inspección final previa a la entrega de los productos suministrados corren a cargo de PAKA. Si el COMPRADOR requiere supervisión o pruebas adicionales, deberá indicarlo en el PEDIDO, indicando también la norma, lugar y organización aplicable y competente. Estos ensayos adicionales serán aprobados por PAKA y realizados por cuenta del COMPRADOR.

9.2. Dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la recepción de los SUMINISTROS por parte del COMPRADOR, éste deberá comprobar su contenido a fin de detectar posibles defectos y/o vicios imputables a PAKA, debiendo comunicar inmediatamente a PAKA la existencia de los mismos.

9.3. Si los SUMINISTROS presentan defectos y/o vicios imputables a PAKA, ésta adoptará las medidas necesarias para eliminar dichos defectos.

9.4. Salvo que en el PEDIDO y/o en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO se estipulen las condiciones y plazos para las pruebas de aceptación acordadas entre las Partes, transcurridos 15 (quince) días desde la finalización de los SUMINISTROS sin que PAKA haya recibido notificación del COMPRADOR sobre posibles defectos y/o vicios, los SUMINISTROS se considerarán aceptados por el COMPRADOR y el plazo de garantía comenzará a contar desde ese momento.

9.5. Si las pruebas de recepción no se realizan en el plazo estipulado por causas no imputables a PAKA, o si los SUMINISTROS comienzan a ser utilizados por el COMPRADOR, se considerarán aceptados por éste.

  1. DEVOLUCIÓN DE MATERIAL Y RECLAMACIONES

10.1. PAKA no aceptará en ningún caso la devolución de materiales a menos que así se haya acordado expresamente entre las Partes y sin perjuicio de lo siguiente.

10.2. Las devoluciones de materiales a las instalaciones de PAKA, cuando éstas sean aceptadas por PAKA, deberán realizarse siempre por cuenta del COMPRADOR.

10.3. En caso de devolución por error en el PEDIDO u otras causas no imputables a PAKA, PAKA cobrará al COMPRADOR un 15% adicional del valor neto del material devuelto en concepto de participación en los gastos de revisión y embalaje.

10.4. PAKA nunca aceptará devoluciones de materiales que hayan sido utilizados, montados en otros equipos o instalaciones objeto de desmontaje fuera de PAKA. Tampoco podrá devolverse ningún equipo diseñado o fabricado exclusivamente para el proyecto del Cliente.

  1. GARANTÍAS

11.1. Salvo que expresamente se indique lo contrario en la PROPUESTA o en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO, PAKA garantiza los componentes, equipos y sistemas suministrados contra defectos de materiales, fabricación o montaje durante el plazo de 1 (un) año a contar desde la fecha de recepción, ya sea expresa (consistente en la realización con éxito de la inspección final acordada entre PAKA y el COMPRADOR y el envío de una carta de aceptación de los SUMINISTROS) o tácita (15 (quince) días después de la entrega de los SUMINISTROS, sin que el COMPRADOR haya enviado comunicación escrita alguna a PAKA sobre cualquier falta de conformidad o si las pruebas de aceptación no se han realizado en el plazo estipulado para su realización por causas no imputables a PAKA, o si los SUMINISTROS comienzan a ser utilizados por el COMPRADOR, en cuyo caso se considerarán aceptados por el COMPRADOR, de conformidad con la cláusula 9.4. e 9.5.).

11.2. El COMPRADOR deberá notificar por escrito a PAKA cualquier defecto cubierto por esta garantía.

11.3 La garantía estipulada en el apartado 1 de esta cláusula consiste en la reparación o sustitución (a elección de PAKA) de los elementos reconocidos como defectuosos, con independencia de que se trate de defectos de material, fabricación o montaje, sin perjuicio de los demás recursos que la ley concede al COMPRADOR. Las reparaciones se llevarán a cabo en las instalaciones de PAKA, siendo por cuenta del COMPRADOR el desmontaje, embalaje, carga, transporte, aduanas, impuestos, aranceles, etc. aplicables al envío del material defectuoso a las instalaciones de PAKA y su devolución al COMPRADOR. No obstante, las Partes podrán acordar que las reparaciones se realicen en las instalaciones del COMPRADOR.

11.4 Las reparaciones o sustituciones de elementos defectuosos de los componentes, equipos y sistemas suministrados no alterarán la fecha de inicio del periodo de garantía de todo el suministro en cuestión, que será el indicado en el apartado 1 de esta cláusula. No obstante, el elemento reparado o sustituido tendrá una garantía de un (1) año a partir de la fecha de reparación o sustitución.

11.5 Cuando la garantía estipulada en el apartado 1 de esta cláusula se ejecute mediante la sustitución del elemento defectuoso, que por razones de urgencia debe ser inmediata, el COMPRADOR se compromete a enviar la pieza o elemento defectuoso a PAKA en un plazo máximo de 7 (siete) días desde la fecha de recepción de la pieza o elemento sustituido. En caso de no devolución de la pieza o elemento sustituido, PAKA facturará la pieza o elemento de sustitución al precio de catálogo.

11.6. En ningún caso PAKA será responsable de las reparaciones realizadas por personal ajeno a su organización.

11.7. Esta garantía no cubre los daños o defectos resultantes de un uso anormal de los SUMINISTROS. Quedan igualmente excluidos del ámbito de aplicación de la garantía y serán causa de extinción de la misma, los daños o defectos ocasionados por mantenimiento inadecuado, almacenamiento y uso incorrecto o negligente, utilización de líquidos o gases incorrectos así como caudales y presiones incorrectas, instalaciones defectuosas, variaciones en la calidad de la alimentación eléctrica (tensión, frecuencia, perturbaciones) modificaciones en los SUMINISTROS realizadas sin la aprobación de PAKA, instalaciones realizadas o modificadas posteriormente incumpliendo las instrucciones técnicas del producto y, en general, cualquier causa no imputable a PAKA.

11.8. Esta garantía también se considerará rescindida si, en el caso de que se estipule que los SUMINISTROS deben ponerse en marcha en presencia de PAKA, o que deben ponerse en marcha en presencia de personal de PAKA, y esto no se ha cumplido o, en caso de fallo, no se toman medidas para mitigar los daños causados por dicho fallo.

11.9 Sin perjuicio de lo dispuesto en esta cláusula, PAKA no será responsable de los defectos en los equipos y materiales suministrados durante más de 2 (dos) años desde el inicio del plazo indicado en el apartado 1 de esta cláusula.

  1. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

La responsabilidad de PAKA por actos propios, de sus empleados, colaboradores, representantes, subcontratistas y proveedores que den lugar al incumplimiento de sus obligaciones contractuales, salvo en caso de dolo o negligencia grave, no excederá, en total, del valor del precio base del contrato y en ningún caso incluirá daños y perjuicios por lucro cesante, pérdida de ingresos, pérdida de uso, pérdida de producción, costes de capital, costes derivados de la sustitución de equipos, instalaciones o servicios, costes derivados de la indisponibilidad, retrasos y reclamaciones de los clientes del COMPRADOR, o costes relacionados con la interrupción de las operaciones, pérdida de ahorros previstos, u otro tipo de daños especiales, indirectos o consecuenciales (contractuales, extracontractuales, objetivos o derivados de garantías u otros). Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán a los daños causados a la vida, la integridad moral o física o la salud de las personas.

  1. RESTRICCIONES A LA EXPORTACIÓN

 Algunos de los productos suministrados por PAKA pueden estar sujetos a normas de control de las exportaciones. Por este motivo, los elementos suministrados al COMPRADOR no podrán ser exportados directa o indirectamente por el COMPRADOR o terceros sin la previa autorización por escrito de PAKA. El COMPRADOR será responsable del cumplimiento de esta cláusula, ya sea directamente o a través de terceros.

  1. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTES

Las Partes renuncian expresamente a cualquier otra legislación que pudiera ser aplicable a cualquiera de ellas y acuerdan someter cualquier diferencia que surja en relación con la ejecución de las CONDICIONES GENERALES a la legislación portuguesa y a la jurisdicción de los Tribunales del Distrito de Aveiro.

CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN MONTAJE Y MANO DE OBRA

  1. CONDICIONES GENERALES

1.1. La prestación de servicios de mantenimiento, reparación, montaje y mano de obra (en adelante, los «SERVICIOS») por parte de PAKA – ROBOTICS, LDA. (en adelante, «PAKA») se rige por las presentes Condiciones Generales de Venta (en adelante, las «CONDICIONES GENERALES»), salvo pacto expreso en contrario en la correspondiente PROPUESTA presentada por PAKA al COMPRADOR (en adelante, la «PROPUESTA») o en la aceptación por PAKA del pedido realizado por el COMPRADOR a PAKA sobre la base de la PROPUESTA (en adelante, la «ACEPTACIÓN DEL PEDIDO» y la «ACEPTACIÓN DEL PEDIDO»), la aceptación por PAKA del pedido realizado por el COMPRADOR a PAKA sobre la base de la PROPUESTA (en adelante, la «ACEPTACIÓN DEL PEDIDO» y el «PEDIDO»), cuyas condiciones se considerarán Condiciones Particulares frente a las presentes CONDICIONES GENERALES. Cualquier otra condición no acordada expresamente por PAKA no será válida.

1.2. Si la prestación de los SERVICIOS incluye el suministro adicional por parte de PAKA de componentes, equipos o sistemas o cualquier otro material, las respectivas condiciones de suministro se regirán por las CONDICIONES GENERALES para el Suministro de Componentes, Equipos o Sistemas presentadas por PAKA.

1.3. Se considerará que el COMPRADOR ha tenido conocimiento de las presentes CONDICIONES GENERALES
desde el momento en que se le informe de la dirección del sitio de Internet donde éstas pueden consultarse, independientemente de que dicha información vaya o no acompañada de un ejemplar de las presentes CONDICIONES GENERALES. Alternativamente, si el COMPRADOR ha recibido previamente estas CONDICIONES GENERALES en el marco de sus relaciones comerciales con PAKA, se considerarán conocidas por el COMPRADOR a todos los efectos en el momento de realizar el PEDIDO.

  1. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Los derechos de propiedad intelectual y/o industrial sobre la PROPUESTA, en todos sus términos, y la información anexa a la misma, incluyendo documentación técnica, información de ingeniería, procedimientos, planos, diseños, software, etc., incluidos o relacionados con la prestación de los SERVICIOS, son titularidad de PAKA o de sus proveedores. En consecuencia, el COMPRADOR no podrá reproducir, total o parcialmente, tales elementos ni ceder su uso a terceros sin el previo consentimiento por escrito de PAKA, y sólo podrá utilizarlos a los efectos de la ejecución del PEDIDO.

  1. FORMALIZACIÓN DEL PEDIDO Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS

3.1. La ORDEN especifica el alcance de los SERVICIOS. Para que la ORDEN surta efecto, debe ser objeto de una ACEPTACIÓN DE ORDEN.

3.2. Los SERVICIOS incluyen únicamente la prestación de los SERVICIOS de mantenimiento, reparación, montaje y trabajos especificados en el PEDIDO y en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO. Cualquier prestación de otro servicio no incluido explícitamente en el PEDIDO, aprobado por PAKA, y que pueda ser directa o indirectamente necesario para la prestación de los SERVICIOS, será responsabilidad exclusiva del COMPRADOR, y se realizará en los términos de la cláusula 6. de las presentes CONDICIONES GENERALES.

3.3. Cualquier modificación y/o variación del alcance de los SERVICIOS propuesta por un
de las Partes, se propondrán por escrito a la otra Parte y sólo serán válidas y eficaces cuando la otra Parte las acepte expresamente.

  1. PRECIOS

4.1. Los precios por la prestación de los SERVICIOS, incluidos los costes de personal y utilización de equipos auxiliares, transporte de material, consumibles, etc., se basan en las respectivas tarifas de precios unitarios que figuran en el anexo. Los precios son netos y no incluyen el IVA ni otros impuestos o tasas, que se incluirán en las facturas según los tipos legales vigentes.

4.2. En el caso de propuestas de prestación de SERVICIOS con precio en firme, los precios indicados en las mismas tendrán una validez de un (1) mes, y estarán sujetos a la aceptación por parte del COMPRADOR del presupuesto previo.

4.3. Si se estima el valor de las horas de las distintas actividades que componen los SERVICIOS, este número de horas sólo tendrá carácter informativo y se facturarán las horas realmente trabajadas.

4.4. Los precios indicados en la PROPUESTA se refieren a las condiciones de pago establecidas en la misma. Si éstos cambian, se revisarán los precios indicados en la PROPUESTA.

4.5. Tras la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO, los precios son fijos y no están sujetos a revisión. No obstante, los precios se revisarán cuando:

  1. a) Que exista un acuerdo expreso entre PAKA y el COMPRADOR a tal efecto;
  2. b) La prestación de los SERVICIOS se demore por causas imputables directa o indirectamente al COMPRADOR, en cuyo caso el precio se actualizará de acuerdo con el índice de precios al consumo publicado por el INE, aplicando la tarifa correspondiente desde la fecha en que se produjo la demora hasta el pago del servicio;
  3. c) Se haya modificado el alcance de los SERVICIOS a petición del COMPRADOR, en cuyo caso se alterará el precio de acuerdo con la modificación, utilizando los precios unitarios mencionados en el apartado 1 de esta cláusula;
  4. d) Los precios se indican en una moneda distinta del euro, y si el valor de cambio de dicha moneda frente al euro varía desde la fecha de aceptación hasta las fechas estipuladas contractualmente para la emisión de las facturas correspondientes a cada fase de los SERVICIOS, en cuyo caso los precios de venta se ajustarán en consecuencia.
  5. CONDICIONES DE PAGO

 5.1. Salvo acuerdo en contrario, los SERVICIOS se facturan al final de cada mes en proporción al trabajo realizado. Los pagos deberán efectuarse dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha de la respectiva factura.

5.2. Los SERVICIOS relativos a pedidos de un valor bruto igual o inferior a 300,00 E (trescientos euros) sólo podrán abonarse en metálico.

5.3. Los pagos se efectuarán a la cuenta bancaria de PAKA, de conformidad con los términos acordados, sin deducciones, tales como: retenciones no acordadas, descuentos, gastos, impuestos o tasas o cualquier otra deducción, y sólo se considerarán realizados cuando el importe respectivo se abone íntegra e irrevocablemente en la cuenta bancaria de PAKA.

5.4. En caso de retrasos en los pagos a realizar por el COMPRADOR, éste tendrá
deberá abonar a PAKA, sin ninguna formalidad adicional y a partir de la fecha de vencimiento de la respectiva factura, intereses de demora calculados a un tipo de interés equivalente al tipo EURIBOR para depósitos a un mes, más 7 puntos porcentuales (7%), siendo el tipo referido el publicado por la Federación de Bancos Europeos y la Asociación de Mercados Financieros el segundo día hábil posterior al inicio del devengo de intereses. El pago de los intereses de demora por parte del COMPRADOR no le eximirá de la obligación de abonar el resto de las cantidades pendientes de pago, de conformidad con los términos acordados.

5.5. En caso de demora en el pago por parte del COMPRADOR a PAKA, ésta podrá suspender la prestación de los SERVICIOS, o incluso interrumpirlos definitivamente, sin perjuicio de la obligación del COMPRADOR de pagar las facturas vencidas y, en su caso, de abonar a PAKA una indemnización adicional por la suspensión o interrupción definitiva de los SERVICIOS.

5.6. La presentación de una reclamación por parte del COMPRADOR no le permitirá suspender los pagos adeudados ni efectuar deducción alguna sobre los mismos, salvo que se establezca judicialmente o por acuerdo que el servicio de PAKA al que se refería la reclamación era defectuoso, en cuyo caso la licitud de cualquier suspensión de pagos por parte del COMPRADOR deberá decidirse a la luz del régimen general de la excepción de incumplimiento.

  1. TRABAJOS PREPARATORIOS, TRABAJOS Y SERVICIOS NO CONTRATADOS, AUTORIZACIONES Y LICENCIAS

6.1. El COMPRADOR realizará los trabajos preparatorios necesarios para la prestación de los SERVICIOS en los términos y plazos acordados, de forma adecuada y oportuna y a su costa, a saber, accesos, conexión de suministros de agua y electricidad, limpieza del terreno, obras generales, instalaciones previas, etc. Asimismo, el COMPRADOR deberá facilitar a PAKA la documentación necesaria (diseños, planos, especificaciones) y el calendario adecuado para la realización de los trabajos de su competencia, de forma que PAKA pueda prestar correctamente y sin interferencias los SERVICIOS contratados.

6.2 Si el COMPRADOR asume la responsabilidad de suministrar el personal auxiliar (electricistas u otros peones) necesario para determinados trabajos relacionados con los SERVICIOS o complementarios de los mismos, dicho personal deberá estar debidamente cualificado. El COMPRADOR es responsable del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones legales, laborales o de otra índole, que sean de aplicación a los trabajadores, en los términos de la legislación vigente, así como del escrupuloso cumplimiento de todas y cada una de las normas de seguridad e higiene en el trabajo. PAKA no incurre en responsabilidad de ningún tipo respecto de estos trabajadores. PAKA entregará al COMPRADOR el certificado expedido por la Agencia Tributaria acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en los términos del Decreto-Ley nº 236/95, de 13 de septiembre y cualquier otro documento legalmente exigible.

6.3. El COMPRADOR deberá obtener, a su costa y responsabilidad, todas las licencias y autorizaciones necesarias para que PAKA pueda realizar los SERVICIOS de conformidad con la ley.

6.4. Antes de que PAKA comience a prestar los SERVICIOS, el COMPRADOR informará por escrito a PAKA de la forma en que garantiza el cumplimiento de toda la normativa vigente relevante para la prestación de los SERVICIOS.

  1. HORARIO DE TRABAJO E INSTALACIONES

 7.1. PAKA adaptará, en la medida de lo posible, el horario laboral de sus empleados o colaboradores al horario laboral de los locales donde se presten los SERVICIOS. No obstante, cuando sea necesario evitar cualquier interferencia con la actividad industrial de las instalaciones, el Cliente deberá proponer la ejecución alternativa de los trabajos, compatible con las competencias técnicas del equipo de campo, o alternativamente asumir los costes asociados a la interrupción de los trabajos.

7.2. En cualquier caso, el horario de trabajo de los empleados de PAKA o de sus subcontratistas deberá ajustarse siempre a la legislación laboral y a los convenios colectivos aplicables a su sector de actividad en materia de jornada laboral, horas extraordinarias y trabajo nocturno, y descansos. Si el número de horas trabajadas es inferior al límite legal por causas no imputables a PAKA, sin que esta circunstancia haya sido tenida en cuenta en la preparación y presentación de la OFERTA, la factura tendrá en cuenta el límite legal de horas diarias de trabajo.

7.3. Independientemente del horario de trabajo adoptado, el COMPRADOR deberá proporcionar a los empleados de PAKA y a sus subcontratistas el mejor entorno de trabajo posible, especialmente en términos de luz, calefacción y seguridad.

7.4. El COMPRADOR deberá proporcionar a los empleados de PAKA y a sus subcontratistas las instalaciones necesarias para llevar a cabo su trabajo, a saber, acceso a vestuarios; espacio para comidas; vestuarios; almacenamiento para materiales, herramientas y equipos, seguridad, etc.

  1. SUBCONTRATACIÓN

PAKA podrá subcontratar parte de los SERVICIOS. Los subcontratistas se indican en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO. Cualquier cambio en los subcontratistas mencionados después de la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO deberá ser notificado por escrito por PAKA al COMPRADOR. No obstante, PAKA seguirá siendo plenamente responsable de la calidad y los plazos de los SERVICIOS subcontratados.

  1. SEGURIDAD INDUSTRIAL Y COORDINACIÓN

9.1. El COMPRADOR es el único responsable de todas y cada una de las medidas que sean necesarias para la protección de la salud y la seguridad en el trabajo, siendo responsable de la información facilitada sobre los riesgos de las instalaciones donde se prestarán los SERVICIOS, así como de las medidas que deban aplicarse en caso de producirse una situación de emergencia. El COMPRADOR también es responsable de coordinar la ejecución de los diferentes contratos que puedan tener lugar simultáneamente, así como de proporcionar aclaraciones y formación.

9.2. El COMPRADOR adoptará todas las medidas necesarias para la prevención de accidentes
y velará por el cumplimiento de las normas, reglamentos y códigos de conducta locales e internacionales pertinentes en materia de salud y seguridad en el trabajo. Esta obligación tiene por objeto, entre otras cosas, garantizar que los equipos de elevación instalados, como grúas, polipastos y raíles, cumplan la legislación pertinente y se encuentren en condiciones seguras. El COMPRADOR proporcionará toda la asistencia necesaria en caso de que cualquier miembro del personal de PAKA sufra un accidente o caiga enfermo.

9.3. El responsable de seguridad / supervisor o equivalente del COMPRADOR deberá estar presente en las instalaciones del COMPRADOR durante la prestación de los SERVICIOS.

9.4. El personal de PAKA realizará, siempre que sea necesario y oportuno, una evaluación en las instalaciones del COMPRADOR para certificar el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud. Cuando, a juicio de PAKA, las condiciones del local resulten inseguras o cuando parezca insegura la prestación de los SERVICIOS, PAKA tendrá derecho a suspender en cualquier momento los SERVICIOS o la ejecución del presente contrato, disfrutando de una prórroga razonable del plazo para la finalización de los SERVICIOS. En caso de suspensión, no se considerará que PAKA ha incumplido el contrato, ni será responsable frente al COMPRADOR como consecuencia de dicha conducta, debiendo el COMPRADOR indemnizar a PAKA proporcionalmente por las gestiones realizadas hasta la suspensión de los SERVICIOS o de la ejecución del presente contrato.

  1. PLAZO PARA LA FINALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS

10.1. La ORDEN especifica el plazo para la finalización de los SERVICIOS.

10.2. El plazo para completar los SERVICIOS se modifica en función de cada caso:

  1. a) El COMPRADOR solicite modificaciones en el PEDIDO, que sean aceptadas por PAKA y que a su juicio requieran una ampliación del plazo;
  2. b) El COMPRADOR no haya realizado los trabajos preparatorios, o no se hayan completado o cumplido las obligaciones, obras, servicios o suministros, o no se hayan obtenido las licencias y autorizaciones necesarias, en cuyo caso PAKA sólo comenzará a prestar los SERVICIOS cuando dichas obligaciones hayan sido efectivamente cumplidas y se haya acreditado suficientemente este extremo;
  3. c) El COMPRADOR haya incumplido alguna de sus obligaciones contractuales indicadas en el PEDIDO aceptado por PAKA, especialmente en lo que se refiere a la obligación de pago;
  4. d) Se produzcan sucesos o una combinación de sucesos imprevisibles y/o ajenos a la voluntad de PAKA que impidan o retrasen la prestación programada de los SERVICIOS, incluyendo, entre otros: huelgas de proveedores, de transporte o de servicios, fallos de suministro de terceros, fallos del sistema de transporte, inundaciones, tormentas, disturbios, sabotajes, paradas accidentales de los trabajos de PAKA o de sus subcontratistas por averías, catástrofes naturales, guerra declarada o no declarada, civil o con terceros países, actos de terrorismo o guerrilla, motines, sabotajes, explosiones, terremotos, fallos en los equipos o materiales necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, movilización militar extensiva, insurrección, requisición, embargo, restricciones en el uso de la energía y defectos o retrasos en las entregas de los subcontratistas causados por cualquier causa de Fuerza Mayor, etc.

10.3. Si se produce un retraso en los SERVICIOS directamente imputable a PAKA, el COMPRADOR deberá
aplicará la cláusula penal previamente acordada con el vendedor. La cláusula penal es la única indemnización a la que tiene derecho el COMPRADOR en caso de retraso en los SERVICIOS directamente imputable a PAKA, aunque el retraso se haya convertido en incumplimiento definitivo y se haya resuelto el contrato, salvo en caso de dolo o culpa grave.

  1. INTERRUPCIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

11.1. Las Partes acordarán un calendario conjunto para la prestación de los SERVICIOS. Si se produjera cualquier circunstancia o situación imprevisible y/o ajena a la voluntad de PAKA que provocara la suspensión de la prestación de los SERVICIOS, PAKA percibirá del COMPRADOR una indemnización por las horas perdidas, gastos de desplazamiento de su personal, gastos de alojamiento, inmovilización de equipos y herramientas, etc. para cubrir las pérdidas económicas que dicha suspensión no prevista en el calendario pudiera ocasionar a PAKA.

11.2. El COMPRADOR podrá, por causas justificadas ajenas a PAKA y a la relación comercial
establecido en el presente Reglamento, interrumpa de forma permanente la prestación de los SERVICIOS. En este caso, las partes deben elaborar conjuntamente un plan para la interrupción ordenada del evento. No obstante, el COMPRADOR reembolsará íntegramente a PAKA todos los daños causados por la interrupción permanente.

  1. INSPECCIÓN Y ACEPTACIÓN

12.1. Salvo que se indique expresamente en el PEDIDO y en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO, PAKA supervisará el progreso de la prestación de los SERVICIOS. Si el COMPRADOR requiere una supervisión adicional, deberá solicitar la aprobación de PAKA, y dicha supervisión adicional correrá a cargo del COMPRADOR.

12.2. Dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la finalización de los SERVICIOS, el COMPRADOR deberá realizar una inspección a fin de detectar posibles defectos y/o vicios imputables a PAKA, notificando inmediatamente a ésta la existencia de los mismos.

12.3. Salvo que en el PEDIDO y/o ACEPTACIÓN DEL PEDIDO se estipulen las condiciones y plazos de las pruebas de aceptación acordadas entre las Partes, transcurridos 15 (quince) días desde la finalización de la prestación de los SERVICIOS sin que PAKA haya recibido notificación de posibles defectos y/o fallos, los SERVICIOS prestados se considerarán aceptados por el COMPRADOR y comenzará a correr el plazo de garantía. Los SERVICIOS también se considerarán aceptados si el COMPRADOR comienza a utilizar las instalaciones o equipos en los que han sido prestados por PAKA.

12.4. En caso de que el COMPRADOR haya organizado con PAKA la realización de pruebas de recepción de los SERVICIOS prestados, éstas se llevarán a cabo en las fechas acordadas, debiendo aportar el COMPRADOR el personal auxiliar y material fungible necesario para la realización de dichas pruebas, corriendo por su cuenta los gastos derivados de las mismas. Si estas pruebas no se realizaran en las fechas y condiciones acordadas por causas no imputables a PAKA, los SERVICIOS prestados se considerarán aceptados por el COMPRADOR.

  1. GARANTÍAS

13.1. Salvo que se indique expresamente lo contrario en la PROPUESTA o en la ACEPTACIÓN DEL PEDIDO, PAKA garantiza los SERVICIOS en cuanto a defectos, errores de ejecución y puesta en marcha (si es responsable de ello) durante un plazo de 3 (tres) meses desde la fecha de aceptación de los SERVICIOS, ya sea expresa (consistente en la realización con éxito de la inspección final acordada y el envío de una carta de aceptación de los SERVICIOS) o tácita (15 días después de la finalización de la prestación de los SERVICIOS, sin que el COMPRADOR haya enviado comunicación escrita alguna a PAKA sobre la no conformidad, en el caso de que el COMPRADOR comience aún a utilizar las instalaciones o equipos sobre los que PAKA ha prestado los SERVICIOS o si las pruebas no se realizan en las fechas y condiciones acordadas por causas no imputables a PAKA, conforme a la cláusula 12.3. y 12.4. anteriores).

13.2 La garantía estipulada en el apartado 1 de esta cláusula consiste en la corrección de errores y defectos reconocidos en los SERVICIOS. Las reparaciones se llevarán a cabo en las instalaciones de PAKA o en el lugar donde se prestaron originalmente los SERVICIOS, a elección de PAKA. Serán por cuenta del COMPRADOR los trabajos y costes derivados del desmontaje, embalaje, carga, transporte, aduanas, impuestos, aranceles, etc. aplicables, por el envío del material defectuoso a las instalaciones de PAKA y su devolución al COMPRADOR.

13.3. Las reparaciones efectuadas durante el periodo de garantía podrán ser realizadas directamente por PAKA o por cualquiera de sus subcontratistas, siendo siempre PAKA responsable de la correcta ejecución de los trabajos en ambos casos.

13.4. Las reparaciones de elementos o sistemas concretos no afectarán a la fecha de finalización del plazo de garantía del SERVICIO prestado en su conjunto, establecido en la cláusula 13.1. arriba. No obstante, el elemento o sistema concreto reparado gozará de una garantía de 3 (tres) meses a partir de la fecha de finalización de su reparación.

13.5. Esta garantía no cubre los daños o defectos resultantes de un uso anormal del equipo reparado por PAKA SERVICES. Quedan igualmente excluidos del ámbito de aplicación de la garantía y causarán la caducidad de la misma, los daños o defectos ocasionados por un mantenimiento inadecuado, almacenamiento y uso incorrecto o negligente, utilización de líquidos o gases inadecuados así como caudales y presiones incorrectas, instalaciones defectuosas, variaciones en la calidad del suministro eléctrico (tensión, frecuencia, perturbaciones en la red), modificaciones realizadas sin la aprobación de PAKA, instalaciones realizadas o modificadas posteriormente incumpliendo las instrucciones técnicas del producto y, en general, cualquier causa no imputable a PAKA.

13.6. Esta garantía también se considerará extinguida si, en caso de que se estipule que el SERVICIO debe comenzar en presencia de PAKA, esto no se ha cumplido o, en caso de fallo, no se toman medidas para mitigar los daños causados por dicho fallo.

13.7 Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente cláusula, PAKA no será responsable de los defectos de los SERVICIOS durante más de 6 (seis) meses desde el inicio del plazo establecido en el apartado 1 de la presente cláusula.

  1. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

La responsabilidad de PAKA por actos propios, de sus empleados, colaboradores, representantes, subcontratistas y proveedores que den lugar al incumplimiento de sus obligaciones contractuales, salvo en caso de dolo o culpa grave, no excederá, en total, del valor del precio base por la prestación de los SERVICIOS y en ningún caso incluirá daños y perjuicios por lucro cesante, pérdida de ingresos, pérdida de uso, pérdida de producción, costes de capital, costes derivados de la sustitución de equipos, instalaciones o servicios, costes derivados de la indisponibilidad, retrasos y reclamaciones de los clientes del COMPRADOR, o costes relacionados con la interrupción de las operaciones, pérdida de ahorros previstos, u otro tipo de daños especiales, indirectos o consecuenciales (contractuales, extracontractuales, objetivos o derivados de garantías u otros). Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán a los daños causados a la vida, a la integridad moral o física o a la salud de las personas.

  1. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTES

Las Partes renuncian expresamente a cualquier otra legislación que pudiera ser aplicable a cualquiera de ellas y acuerdan someter cualquier diferencia que surja en relación con la ejecución de las CONDICIONES GENERALES a la legislación portuguesa y a la jurisdicción de los Tribunales del Distrito de Aveiro.